Término:Estados miembros acogidos a una excepción o derogación (pre-ins)
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Descripción:
Son aquellos países de la UE que no accederán a la tercera fase de la UEM el 1 de enero de 1999. Esta excepción se refiere a la no aplicación al país miembro de que se trate de determinadas disposiciones sobre política económica y monetaria del TUE, así como su exclusión de los derechos y obligaciones correspondientes dentro del SEBC. El Consejo de la Unión Europea, por mayoría cualificada y sobre la base de una recomendación de la Comisión Europea, ha decidido los países miembros que van a disfrutar de una excepción de cara a dicha fase.